La Corte Constitucional admitió la demanda presentada por el director general de la Agencia Nacional de Tierras, Juan Felipe Harman Ortiz, en contra del Decreto Ley 902 de 2017, que busca eliminar la etapa judicial dentro del procedimiento Único.

El argumento del alto funcionario se basa en el hecho de que la fase judicial, sin la entrada en funcionamiento de la Jurisdicción Agraria, viola el principio del juez natural e impide cumplir a cabalidad la meta del Acuerdo Final: que campesinos sin tierra tengan acceso a 3 millones de hectáreas.
Haz clic aquí: https://drive.google.com/file/d/18CD–rY_UjfWvJMr0WJmmkufcY_8luwe/view

Solicita que se declare inexequible de manera condicionada la etapa judicial hasta que no entre en funcionamiento la Jurisdicción Agraria, y mientras tanto se le permita a la máxima autoridad de tierras de la nación decidir de fondo el Procedimiento Único.
Haz clic aquí: https://drive.google.com/file/d/1jYszxWtOAvsYShIyTcTFx4LmrCqjvgVE/view

El Procedimiento Único es el mecanismo mediante el cual se resuelven los procesos agrarios especiales, tales como la clarificación de la propiedad, la recuperación de baldíos ocupados indebidamente, los deslindes de tierras de la Nación y la extinción de dominio.
Haz clic aquí: https://drive.google.com/file/d/12PDWh_vY_k3-0u14wd0DCRPsAophE56A/view






